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Cómo instalar un punto de recarga en un garaje comunitario

Ahorrenergía • 11 de abril de 2022

Instalar un punto de recarga para coche eléctrico en un garaje comunitario es más simple de lo que mucha gente piensa. Si bien con un simple enchufe convencional podríamos conectar un cargador ocasional, las recargas se alargarían más de la cuenta, llegando a superar las 20 horas. 

Es por ello que recomendamos instalar un punto de recarga que permita recargar la batería en un tiempo más prudencial. Sin embargo, la mayoría de los garajes comunitarios tienen pocos enchufes, y los que hay son propiedad de la comunidad. Surge entonces la necesidad de tener una toma de corriente de nuestra propiedad en el garaje comunitario, de forma que la energía consumida por la carga del vehículo eléctrico pueda ser facturada a nuestro nombre. 


El primer paso a seguir es, gracias a una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, simplemente informar por escrito al presidente de nuestra comunidad de propietarios o al administrador de la misma de que se va a realizar la instalación de un punto de recarga. Es necesario recordar que para que esto sea posible el punto de recarga debe instalarse acorde a la instrucción técnica complementaria recogida en el Reglamento Eléctrico de Baja Tensión ITC-BT-52, encargada de regular la infraestructura de recarga para coches eléctricos. 


No obstante, hay que tener en cuenta que se plantean dos escenarios posibles dentro de la comunidad de propietarios que condicionarán la instalación de nuestro punto de recarga: 


  1. La plaza se encuentra en el mismo edificio de la vivienda


Este escenario es el más sencillo para la instalación. En este caso, deberemos hacer una derivación desde el contador de nuestra casa hasta nuestra plaza de garaje, siempre que las condiciones de lugar lo permitan (por ejemplo, una gran distancia entre el contador hasta la plaza de garaje podría disparar el precio). De esta forma, se puede unificar el consumo de nuestro hogar y del cargador del coche eléctrico en un mismo contrato, ahorrando la necesidad de pagar dos términos de potencia. Esta es la opción que recomendamos desde ahorrenergía ya que, generalmente, los contadores suelen estar situados de forma centralizada en la planta cero de los edificios, de tal forma que tirar cable hasta una plaza de garaje no suele ser muy problemático. 


Pero ¿qué hacer si no es posible hacer una derivación desde el contador de nuestra vivienda? 


2. La plaza se encuentra lejos o en otro edificio de la vivienda


Tenemos dos opciones en este caso. La primera es contratar una nueva línea eléctrica exclusiva para la recarga del vehículo eléctrico, opción más cara inicialmente debido a que tendremos dos facturas de la luz. Eso sí, podemos abaratar el coste de recarga con una tarifa apropiada. 


La segunda alternativa es poner otro contador o un cargador con contador, a partir del contador general del garaje comunitario. En este caso, la comunidad deberá repercutir a cada usuario el gasto eléctrico de la energía mensual consumida para la recarga del vehículo eléctrico. En este caso, sí necesitaremos la aprobación de la comunidad de propietarios. 

Desde ahorrenergía aconsejamos, siempre que sea posible, la instalación individual con un contador principal común para la vivienda y para el punto de recarga, derivando al garaje la utilización del contador de nuestra vivienda. De igual manera, es muy recomendable que las comunidades de propietarios planifiquen la instalación de puntos de recarga mediante preinstalaciones, de las que hablamos en otra entrada.


Independientemente de nuestro caso, lo importante es saber que siempre hay una solución para recargar tu coche eléctrico en tu garaje comunitario. 

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Por ahorrenergía 5 de julio de 2022
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en su Hoja de ruta del autoconsumo fija un objetivo de 9 GW de potencia instalada en instalaciones de autoconsumo para 2030, que podría llegar a los 14 GW instalados en las previsiones más optimistas. Como referencia, cuando se elaboró esta hoja de ruta en 2021 la potencia instalada en España era de 1,5 GW. Por otra parte y, de acuerdo con APPA Renovables (Asociación de Empresas de Energías Renovables), en 2021 el autoconsumo creció en un 85% respecto al año 2020, instalándose 1.151 MW de potencia fotovoltaica. Este crecimiento del autoconsumo está fuertemente impulsado por el sector residencial, que ya supone el 22% del total. En este sentido, las subvenciones y distintas ayudas a al autoconsumo tienen un papel clave en la transición energética y son un impulso esencial para alcanzar la deseada neutralidad climática que se propone la Unión Europea para 2050. AYUDAS NEXTGENERATION Provenientes de fondos europeos, el P rograma de incentivos para la ejecución de instalaciones ligadas al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energías renovables concede a las comunidades y ciudades autónomas la ejecución de unas ayudas de 660 millones de euros de las que pueden beneficiarse personas físicas, jurídicas o comunidades de propietarios, entre otros. En cuanto a la cuantía de estas ayudas, por ejemplo, en el sector residencial una instalación fotovoltaica tendría una subvención de entre 300 y 600€ el kWp, por lo que son una herramienta muy atractiva que puede disminuir considerablemente la inversión económica de nuestra instalación fotovoltaica doméstica. Debido a que el programa de incentivos es gestionado por las comunidades autónomas, dependiendo del lugar de la instalación habrá que acudir a un organismo u otro. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se gestionan unos 87 millones de euros en ayudas que se pueden solicitar en https://ayudasrenovablesmadrid.com hasta el 31 de diciembre de 2023. BONIFICACIONES EN IMPUESTOS MUNICIPALES Las instalaciones de autoconsumo también gozan de bonificaciones en algunos impuestos municipales, concretamente, en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Así, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales prevé una bonificación de hasta el 50% de la cuota íntegra del IBI para aquellos bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía solar. En el caso del ICIO, esta bonificación puede alcanzar hasta el 95% de la cuota. No obstante, estas bonificaciones son potestativas, lo que significa que los distintos ayuntamientos españoles pueden decidir si aplicar esta bonificación o no en sus impuestos, así como el porcentaje reductor sobre la cuota siempre que no sobrepase la bonificación máxima. DEDUCCIONES DEL IRPF El Real Decreto Ley 19/2021 establece que los contribuyentes contarán con una serie de deducciones en el IRPF por la realización de obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas. La cuantía de estas deducciones será: Del 20% si realizas obras de mejora de la eficiencia energética en tu vivienda habitual o en una que tengas arrendada siempre y cuando con las obras se haya conseguido reducir al menos un 7% de la demanda de calefacción y refrigeración (máximo deducible: 5.000€ anuales). Del 40% por obras de mejora de eficiencia energética en tu vivienda o en una que tengas arrendada si se consigue reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable (máximo deducible: 7.500€ anuales). Del 60% por obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial si se reduce un 30% el consumo de energía primaria no renovable o si el edificio obtiene una calificación energética A o B como consecuencia de dichas obras (máximo deducible: 15.000€ anuales). ¿Estás interesado en el autoconsumo solar? Desde ahorrenergía, además de realizar la instalación y puesta en marcha de tu instalación fotovoltaica, gestionamos todas las ayudas y subvenciones a las que puedas optar para así lograr el máximo ahorro posible. Más información y fuentes: La potencia instalada anual de autoconsumo se duplicó en 2021 y rompe el techo del gigavatio (APPA Renovables): https://www.appa.es/potencia-instalada-anual-autoconsumo-duplico-2021/ Hoja de ruta del autoconsumo (MITECO): https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/planes-estrategias/hoja-ruta-autoconsumo/hojaderutaautoconsumo_tcm30-534411.pdf RD 477/2021. Programas de incentivos para la ejecución de instalaciones ligadas al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energías renovables (EERR), así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (IDAE): https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-energias-renovables-en-autoconsumo-almacenamiento-y-termicas-sector RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-4214&p=20220409&tn=1#ss5-2 Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: https://www.boe.es/boe/dias/2021/10/06/pdfs/BOE-A-2021-16230.pdf
Punto de recarga de coche eléctrico
Por ahorrenergía 7 de junio de 2022
El Marco Estratégico de Energía y Clima promovido por el Gobierno considera la movilidad eléctrica como un punto clave para lograr los objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y la penetración de energías renovables en el transporte. En consecuencia, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) prevé que España alcance los 5 millones de vehículos eléctricos para el año 2030. De esta manera, a finales de 2021 se aprobaba el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables , donde se incluye un importante punto que establece la obligatoriedad en ciertos edificios de disponer de puntos de recarga . Pero, ¿cuáles son? El Real Decreto establece que, antes del 1 de enero de 2023 , todos los edificios existentes de uso distinto al residencial privado y que cuenten con una zona de uso para aparcamiento con más de veinte plazas deberán contar con dotaciones mínimas de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos proporcionales al número total de plazas del aparcamiento. Esta obligación se extiende a estos aparcamientos independientemente de que estos se encuentren en el interior o en un espacio exterior adscrito, así como en los estacionamientos existentes no adscritos a edificios con más de veinte plazas. Por lo tanto, estarían sometidos a esta obligación los aparcamientos que cumplan los requisitos anteriormente mencionados de centros comerciales, supermercados, universidades, centros de trabajo hospitales u hoteles, entre otros ejemplos. Las dotaciones mínimas de infraestructura para la recarga de coches eléctricos que se establecen en esta norma son: – Con carácter general, se instalará una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 1.000 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción. – En los edificios que sean titularidad de la Administración General del Estado o de los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de la misma, se instalará una estación de recarga por cada 20 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 500 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción. No obstante, quedan exentos de estas obligaciones los edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, en la medida en que el cumplimiento de la exigencia pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto, según determine la autoridad competente en materia de protección del patrimonio. Más información y fuentes: Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21096 Expresión de interés relativa a Movilidad Eléctrica: infraestructura de recarga, innovación y electrificación del parque móvil en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: https://energia.gob.es/es-es/Participacion/Paginas/DetalleParticipacionPublica.aspx?k=378
fogón cocina
Por ahorrenergía 24 de mayo de 2022
El precio de la luz se ha convertido en los últimos meses en una de las principales preocupaciones de los consumidores, y la variación del mismo se ha instaurado como un tema recurrente en los distintos medios de comunicación. Pero, ¿por qué sube el precio de la luz? En primer lugar, es importante tener en cuenta que las comercializadoras de electricidad operan en dos mercados, el mercado regulado y el mercado libre. En el mercado libre se encuentran las distintas tarifas que ofrecen las empresas comercializadoras de energía, habiendo libertad de tarifas (por ejemplo, podemos encontrar tarifas con precio fijo, con precio variable o con horarios especiales). Asimismo, es habitual que estas tarifas cuenten con servicios adicionales o descuentos. Generalmente, al ofrecer precio un precio fijo o estable, las tarifas del mercado libre ofrecen más seguridad al usuario frente a las posibles subidas del precio de la energía, aunque este tipo de tarifas también pueden contar con algún tipo de permanencia. Por otra parte, en el mercado regulado o PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor) no hay permanencia, y su tarifa solo puede ser comercializada por las comercializadoras de referencia del mercado regulado, que son limitadas. La principal característica del mercado regulado es que el precio varía cada día y cada hora en función del precio marcado por el mercado mayorista de electricidad. Es aquí donde entra en juego el llamado pool , un mercado donde diariamente se establece la oferta y la demanda de energía. En el caso de España y Portugal, OMIE es el operador de mercado eléctrico designado para la gestión del mercado diario e intradiario de electricidad. En el pool “las empresas productoras de energía eléctrica llevan su producción energética para el día siguiente, distribuida por horas. Esta información sobre la oferta se encaja con la demanda estimada para el día siguiente, fijando el precio de mercado o precio marginal a través de una subasta. De esta manera, se establecen los precios del kWh para cada hora del día siguiente”. En cuanto al tipo de tecnología energética que se tiene en cuenta en este mercado se incluyen el carbón, ciclo combinado, eólica, hidráulica, solar fotovoltaica, solar térmica, renovable de cogeneración, residuos, biomasa, geotérmica y nuclear. Por lo tanto, si sube de precio una de estas energías –por ejemplo, en los últimos meses el gas se ha disparado–, afecta de igual manera al precio de las demás energías implicadas en el pool. ¿Y qué me conviene más, el mercado libre o el mercado regulado? Anteriormente era mucho más competitivo el mercado regulado, pero con la inestabilidad del pool de la energía a día de hoy, el mercado libre parece la mejor opción y nos ofrece una gran estabilidad frente a las incertidumbres del mercado, aunque esto también podría variar en un futuro. Si eres un particular , la CNMC permite introducir los datos de tu factura en su Comparador de la Competencia para ayudarte a escoger la opción más económica según tus hábitos de consumo. Si en cambio te interesa una tarifa para tu comunidad de propietarios o empresa , hay que tener en cuenta más factores. En ahorrenergía analizamos tu factura de manera gratuita y te hacemos llegar un estudio comparativo con las mejores ofertas del mercado, obteniendo un ahorro inmediato sin necesidad de realizar inversiones. Más información y fuentes: https://www.omie.es/sites/default/files/2022-05/informe_mensual_abril_2022_esp.pdf https://www.endesa.com/es/blog/blog-de-endesa/luz/entender-tarifa-luz https://www.ocu.org/vivienda-y-energia/gas-luz/informe/mercado-libre-o-regulado https://www.cnmc.es/la-nueva-factura-de-la-luz#factura-luz
Paneles solares comunitarios
Por ahorrenergía 13 de mayo de 2022
El autoconsumo de energía eléctrica puede ser tanto individual, si solo existe un consumidor asociado a la instalación de producción, como colectivo, si se trata de varios consumidores asociados. Pero, ¿cómo funciona el autoconsumo colectivo? De acuerdo con el Real Decreto 244/2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica , se dice que un sujeto consumidor participa en un autoconsumo colectivo cuando pertenece a un grupo de varios consumidores que se alimentan, de forma acordada, de energía eléctrica que proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos. Un ejemplo habitual de autoconsumo colectivo es el que practicaría una comunidad de vecinos . Ya tratamos en la entrada ¿Qué es el autoconsumo solar y qué modalidades tiene? los diferentes tipos de autoconsumo reconocidos en España (autoconsumo sin excedentes y con excedentes y, dentro de este último, con compensación o no acogido a compensación). En el caso del autoconsumo colectivo, todos los consumidores participantes que se encuentren asociados a la misma instalación de generación d eberán pertenecer a la misma modalidad de autoconsumo y deberán comunicar de forma individual a la empresa distribuidora como encargada de la lectura, directamente o a través de la empresa comercializadora, un mismo acuerdo firmado por todos los participantes que recoja los criterios de reparto. En este sentido, ¿cómo se reparte la energía entre todos los integrantes del autoconsumo colectivo? Los criterios de reparto son libres, pero deben ser acordados por los participantes , quedando recogidos en un acuerdo entre las partes que cada consumidor debe hacer llegar a la distribuidora directamente o a través de su comercializadora, siendo el único requisito que estos valores sean constantes . No obstante, la legislación española recoge que, según vaya desarrollándose e implementándose el autoconsumo eléctrico en nuestro país, podrá modificarse este aspecto para permitir la creación de coeficientes de reparto dinámicos para el autoconsumo colectivo. En cuanto a la conexión de las instalaciones de autoconsumo colectivo, estas podrán realizarse, bien en red interior , mediante líneas directas, o a través de red . En este último caso, siempre que se den los siguientes requisitos : Que la conexión se realice a través de red de baja tensión que se deriva d el mismo centro de transformación al que pertenece el consumidor. Que la generación y los consumos conectados se encuentren a una distancia entre ellos menor de 500 metros. Que la instalación generadora y los consumidores se ubiquen en la misma referencia catastral. Más información y fuentes: Hoja de ruta del autoconsumo (Gobierno de España): https://energia.gob.es/electricidad/autoconsumo-electrico/Paginas/preguntas-frecuentes-autoconsumo.aspx Autoconsumo eléctrico: la electricidad más verde (Comunidad de Madrid): https://www.comunidad.madrid/servicios/consumo/autoconsumo-electrico-electricidad-verde Guía para convertirse en autoconsumidor en cinco pasos (IDAE): https://www.idae.es/sites/default/files/documentos/publicaciones_idae/guia_autoconsumo_5_pasos_ok.pdf Guía profesional de tramitación del autoconsumo (IDAE): https://www.idae.es/sites/default/files/documentos/publicaciones_idae/2022_04_Guia_Profesional_Tramitacion_autoconsumo_v.4.0.pdf 
bombilla led
Por ahorrenergía 10 de mayo de 2022
El uso de luminarias led ha vivido un gran crecimiento en los últimos años –desde 2017 su utilización lleva experimentando un incremento anual del 17%–, pero aún existe desconocimiento sobre qué implica exactamente la tecnología led y algunos de los términos más habituales utilizados a hablar de ella.
Cargador coche eléctrico
Por ahorrenergía 4 de mayo de 2022
¿Sabías que no hay un conector universal para los vehículos eléctricos ? ¿Y que, dependiendo del mismo, la velocidad de carga será mayor o menor? Existen principalmente cuatro tipos de conectores de salida, dos para corriente alterna y dos para corriente continua. En relación con los conectores, es importante tener en cuenta que también existen cuatro modos de carga distintos: Modo de carga 1: Consiste en conectar nuestro coche eléctrico a un enchufe doméstico convencional. Se trata de un modo de carga muy lento, tardando entre 10 y 30 horas la carga completa del vehículo. Modo de carga 2: Destinado a una carga lenta doméstica, pero mucho más rápido y seguro que el primer modo de carga. Modo de carga 3: La mejor opción para cargar un coche eléctrico en casa. Por ejemplo, un wallbox que permita el modo de carga 3 puede cargar un vehículo de manera completa en menos de 10 horas. Modo de carga 4 (carga rápida): Este modo de carga, que permite cargar una parte importante de la batería en cuestión de minutos, puede encontrarse en electrolineras, cargadores públicos o estaciones de servicio.
Equipos led
Por ahorrenergía 29 de abril de 2022
Al hablar de eficiencia energética y de las diferentes opciones de iluminación que existen, es habitual encontrarnos con el concepto de vida útil. Pero, ¿qué implica exactamente este término y cuál es la vida útil de la iluminación led en comparación con las demás alternativas? De acuerdo con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE) , la vida útil estimada de la luminaria es el período de tiempo en la que esta funciona sin llegar a perder más de un porcentaje determinado de su flujo lumínico inicial. Está basada en la vida útil de todos los componentes que forman la misma. Hay una serie de elementos que determinan la vida de un equipo de iluminación como el envolvente, los soportes, el propio led, el módulo, el driver o demás componentes, pero esta también puede verse afectada por factores externos como la temperatura interior o las condiciones ambientales. Es importante tener en cuenta que la vida útil de la luminaria se refiere exclusivamente a la depreciación de la misma en una determinada instalación, no al fallo total del equipo ya que, en este caso, este debería ser sustituido o reparado de modo inmediato, por lo que el nivel de iluminación no se vería afectado.
Preinstalación punto de recarga garaje comunitario
27 de abril de 2022
La venta de vehículos alternativos, entre los que se incluyen los coches eléctricos, aumentó un 55,2% en 2021, de acuerdo con ANFAC , tendencia que se ha mantenido en enero de 2022, mes en el que un 45% de las matriculaciones ha correspondido a vehículos electrificados, híbridos o de gas. Por tanto, y teniendo en cuenta la evidente transformación de la industria del automóvil hacia un modelo más sostenible, es de esperar que cada vez más personas necesiten instalar un punto de recarga en el garaje de su comunidad. Por ello, desde ahorrenergía recomendamos a las comunidades de propietarios la realización de preinstalaciones para puntos de recarga en el garaje comunitario, adelantándose así a las necesidades de los vecinos. La preinstalación consiste en la realización de canalizaciones desde el cuadro de contadores, haciendo una correcta distribución con bandejas metálicas por el parking evitando que, con la aparición de los primeros cargadores, el techo del parking se convierta en un laberinto de tubos y cables con una distribución desorganizada. De esta manera , la inversión inicial por parte de la comunidad, además de facilitar y organizar la futura red de puntos de recarga, abaratará el coste de instalación de los vecinos.
Placas solares
Por ahorrenergía 12 de abril de 2022
El autoconsumo eléctrico consiste en la instalación en una vivienda, local o comunidad de vecinos de paneles solares fotovoltaicos –u otros sistemas de generación renovable– que permitan a personas y empresas producir y consumir su propia electricidad. De acuerdo con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), el autoconsumo, además de impulsar las energías renovables, supone un ahorro en la factura eléctrica y una menor dependencia de los cambios de precio de la tarifa eléctrica, ya que una parte del consumo se cubre con la energía generada por el sistema de autoconsumo.
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